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Richesse Clothing · Legal

Condiciones generales

Estas condiciones generales se aplican a toda oferta de Richesse Clothing y a todo contrato a distancia celebrado entre el empresario y el consumidor.

Artículo 1. Definiciones

En estas condiciones se entiende por:

  1. Periodo de reflexión: el plazo dentro del cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
  2. Consumidor: la persona física que no actúa en el ejercicio de una profesión o empresa y que celebra un contrato a distancia con el empresario;
  3. Día: día natural;
  4. Transacción de duración continuada: un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios cuya obligación de entrega y/o de compra se reparte en el tiempo;
  5. Soporte duradero: todo medio que permite al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él de forma que pueda consultarse en el futuro y reproducirse sin cambios.
  6. Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de renunciar al contrato a distancia dentro del periodo de reflexión;
  7. Formulario modelo: el formulario modelo de desistimiento que el empresario pone a disposición y que el consumidor puede rellenar cuando quiera ejercer su derecho de desistimiento.
  8. Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a los consumidores;
  9. Contrato a distancia: un contrato en el que, en el marco de un sistema de venta a distancia de productos y/o servicios organizado por el empresario, se utilizan exclusivamente una o varias técnicas de comunicación a distancia hasta la celebración del contrato inclusive;
  10. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario se encuentren al mismo tiempo en el mismo lugar.
  11. Condiciones generales: las presentes condiciones generales del empresario.

Artículo 2. Identidad del empresario

Richesse Clothing

Marssteden 122, 7547 TD Enschede

0618132584

Dirección de e-mail: klantenservice@richesseclothing.nl

Número de la Cámara de Comercio neerlandesa (KvK): 69849404

Número de identificación a efectos del IVA: NL224892083B01

Artículo 3. Aplicabilidad

  1. Estas condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia y pedido celebrado entre el empresario y el consumidor.
  2. Antes de celebrar el contrato a distancia, se pone a disposición del consumidor el texto de estas condiciones generales. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de celebrar el contrato a distancia se indicará que las condiciones generales pueden consultarse en las instalaciones del empresario y que se enviarán gratuitamente al consumidor, a petición suya, lo antes posible.
  3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el apartado anterior y antes de celebrar el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de forma que el consumidor pueda guardarlo fácilmente en un soporte duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de celebrar el contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que se enviarán gratuitamente, a petición del consumidor, por vía electrónica o de otro modo.
  4. En caso de que, además de estas condiciones generales, se apliquen también condiciones específicas de productos o servicios, se aplicarán por analogía los apartados segundo y tercero, y en caso de condiciones generales contradictorias el consumidor podrá invocar siempre la disposición aplicable que le resulte más favorable.
  5. Si una o varias disposiciones de estas condiciones generales fueran en algún momento nulas, total o parcialmente, o fueran anuladas, el contrato y estas condiciones seguirán vigentes en lo demás, y la disposición afectada se sustituirá sin demora, de mutuo acuerdo, por una disposición que se acerque lo máximo posible al sentido de la original.
  6. Las situaciones no reguladas en estas condiciones generales deberán valorarse «conforme al espíritu» de estas condiciones generales.
  7. Las dudas sobre la interpretación o el contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones deberán interpretarse «conforme al espíritu» de estas condiciones generales.

Artículo 4. La oferta

  1. Si una oferta tiene un plazo de validez limitado o se realiza bajo condiciones, se indicará expresamente en la oferta.
  2. La oferta no es vinculante. El empresario tiene derecho a modificar y adaptar la oferta.
  3. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo bastante detallada para que el consumidor pueda valorar bien la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, estas son una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores o equivocaciones evidentes en la oferta no vinculan al empresario.
  4. Todas las imágenes y especificaciones de la oferta son orientativas y no pueden dar lugar a indemnización ni a la resolución del contrato.
  5. Las imágenes de los productos son una representación fiel de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.
  6. Cada oferta contiene la información necesaria para que el consumidor tenga claros los derechos y obligaciones vinculados a la aceptación de la oferta. En particular: el precio con impuestos incluidos; los posibles gastos de envío; la forma en que se celebrará el contrato y qué actos son necesarios para ello; si se aplica o no el derecho de desistimiento; la forma de pago, entrega y ejecución del contrato; el plazo para aceptar la oferta o, en su caso, el plazo durante el cual el empresario garantiza el precio; el importe de la tarifa por comunicación a distancia si el coste del uso de la técnica de comunicación a distancia se calcula sobre una base distinta de la tarifa básica normal del medio de comunicación utilizado; si el contrato se archiva tras su celebración y, en tal caso, cómo puede consultarlo el consumidor; la forma en que el consumidor, antes de celebrar el contrato, puede comprobar y, si lo desea, corregir los datos facilitados por él en el marco del contrato; los posibles otros idiomas, además del neerlandés, en los que puede celebrarse el contrato; los códigos de conducta a los que se ha sometido el empresario y la forma en que el consumidor puede consultarlos por vía electrónica; y la duración mínima del contrato a distancia en caso de una transacción de duración continuada; opcionalmente: tallas, colores y tipos de materiales disponibles.

Artículo 5. El contrato

  1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el contrato se celebra en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones correspondientes.
  2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora, por vía electrónica, la recepción de la aceptación de la oferta. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de dicha aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.
  3. Si el contrato se celebra por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar por vía electrónica, el empresario tomará las medidas de seguridad adecuadas.
  4. El empresario puede, dentro del marco legal, informarse de si el consumidor puede cumplir sus obligaciones de pago, así como de todos los hechos y factores relevantes para celebrar de forma responsable el contrato a distancia. Si, a raíz de esta comprobación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, tendrá derecho a rechazar de forma motivada un pedido o una solicitud o a vincular condiciones especiales a su ejecución.
  5. El empresario enviará al consumidor, junto con el producto o servicio, la siguiente información, por escrito o de forma que el consumidor pueda guardarla de manera accesible en un soporte duradero: la dirección del establecimiento del empresario al que el consumidor puede dirigirse con sus reclamaciones; las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento o, en su caso, una indicación clara de que el derecho de desistimiento está excluido; la información sobre garantías y el servicio posventa existente; los datos recogidos en el artículo 4, apartado 3, de estas condiciones, salvo que el empresario ya los haya facilitado al consumidor antes de la ejecución del contrato; los requisitos para rescindir el contrato si este tiene una duración superior a un año o indefinida.
  6. En caso de una transacción de duración continuada, lo dispuesto en el apartado anterior solo se aplica a la primera entrega.
  7. Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de disponibilidad suficiente de los productos correspondientes.

Artículo 6. Derecho de desistimiento

En la entrega de productos:

  1. En la compra de productos, el consumidor tiene la posibilidad de resolver el contrato sin indicar los motivos durante 14 días. Este periodo de reflexión empieza el día siguiente a la recepción del producto por el consumidor o por un representante designado previamente por el consumidor y comunicado al empresario.
  2. Durante el periodo de reflexión, el consumidor tratará el producto y su embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para valorar si desea quedárselo. Si ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto al empresario con todos los accesorios entregados y, si es razonablemente posible, en su estado y embalaje originales, de acuerdo con las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.
  3. Si el consumidor desea ejercer su derecho de desistimiento, está obligado a comunicarlo al empresario en un plazo de 14 días tras la recepción del producto. El consumidor debe comunicarlo mediante el formulario modelo. Una vez que el consumidor haya comunicado que desea ejercer su derecho de desistimiento, el cliente debe devolver el producto en un plazo de 14 días. El consumidor debe demostrar que los artículos entregados se han devuelto a tiempo, por ejemplo mediante un justificante de envío.
  4. Si, transcurridos los plazos indicados en los apartados 2 y 3, el cliente no ha comunicado que desea ejercer su derecho de desistimiento o no ha devuelto el producto al empresario, la compra es definitiva.

En la prestación de servicios:

  1. En la prestación de servicios, el consumidor tiene la posibilidad de resolver el contrato sin indicar los motivos durante al menos 14 días, a partir del día de celebración del contrato.
  2. Para ejercer su derecho de desistimiento, el consumidor seguirá las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario con la oferta y/o, a más tardar, con la entrega.

Artículo 7. Gastos en caso de desistimiento

  1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, correrán a su cargo como máximo los gastos de devolución.
  2. Si el consumidor ha pagado un importe, el empresario lo reembolsará lo antes posible y, a más tardar, en un plazo de 14 días tras el desistimiento. La condición es que la tienda online ya haya recibido el producto de vuelta o que pueda presentarse una prueba concluyente de la devolución completa. El reembolso se hará con el mismo método de pago que utilizó el consumidor, salvo que el consumidor autorice expresamente otro método de pago.
  3. Si el producto se daña por un trato descuidado por parte del propio consumidor, el consumidor es responsable de la posible depreciación del producto.
  4. El consumidor no puede ser considerado responsable de la depreciación del producto si el empresario no le ha facilitado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento; esto debe hacerse antes de celebrar el contrato de compraventa.

Artículo 8. Exclusión del derecho de desistimiento

  1. El empresario puede excluir el derecho de desistimiento del consumidor para los productos descritos en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo es válida si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta o, al menos, con antelación suficiente antes de celebrar el contrato.
  2. La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para productos: que el empresario haya elaborado según las especificaciones del consumidor; que tengan un carácter claramente personal; que por su naturaleza no puedan devolverse; que puedan deteriorarse o caducar con rapidez; cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero en las que el empresario no tiene influencia; para periódicos y revistas sueltos; para grabaciones de audio y vídeo y software informático cuyo precinto haya roto el consumidor; para productos higiénicos cuyo precinto haya roto el consumidor.
  3. La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para servicios: relacionados con alojamiento, transporte, restauración u ocio que deban prestarse en una fecha determinada o durante un periodo determinado; cuya prestación haya comenzado con el consentimiento expreso del consumidor antes de que termine el periodo de reflexión; relacionados con apuestas y loterías.

Artículo 9. El precio

  1. Durante el plazo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se aumentarán, salvo cambios de precio derivados de modificaciones en los tipos del IVA.
  2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario puede ofrecer con precios variables los productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones del mercado financiero en las que el empresario no tiene influencia. Esta sujeción a fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados sean, en su caso, precios orientativos se indicarán en la oferta.
  3. Los aumentos de precio dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo están permitidos si se derivan de normas o disposiciones legales.
  4. Los aumentos de precio a partir de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo están permitidos si el empresario lo ha estipulado y: se derivan de normas o disposiciones legales; o el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato con efecto desde el día en que entre en vigor el aumento de precio.
  5. Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.
  6. Todos los precios están sujetos a errores de impresión y tipográficos. No se acepta responsabilidad alguna por las consecuencias de errores de impresión y tipográficos. En caso de errores de impresión y tipográficos, el empresario no está obligado a entregar el producto al precio erróneo.

Artículo 10. Conformidad y garantía

  1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen el contrato, las especificaciones indicadas en la oferta, los requisitos razonables de solidez y/o utilidad y las disposiciones legales y/o normas administrativas vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se acuerda, el empresario garantiza también que el producto es apto para un uso distinto del normal.
  2. Una garantía otorgada por el empresario, el fabricante o el importador no afecta a los derechos y acciones legales que el consumidor pueda hacer valer frente al empresario en virtud del contrato.
  3. Los posibles defectos o productos entregados por error deben comunicarse por escrito al empresario en un plazo de 4 semanas tras la entrega. La devolución de los productos debe hacerse en el embalaje original y en estado nuevo.
  4. El plazo de garantía del empresario coincide con el plazo de garantía del fabricante. No obstante, el empresario nunca es responsable de la idoneidad final de los productos para cada aplicación individual del consumidor, ni de los posibles consejos sobre el uso o la aplicación de los productos.
  5. La garantía no se aplica si: el consumidor ha reparado y/o modificado él mismo los productos entregados o los ha hecho reparar y/o modificar por terceros; los productos entregados se han expuesto a condiciones anormales o se han tratado de otro modo sin cuidado o en contra de las indicaciones del empresario y/o de las del embalaje; el defecto se debe total o parcialmente a normas que la administración haya establecido o establezca en relación con la naturaleza o la calidad de los materiales utilizados.

Artículo 11. Entrega y ejecución

  1. El empresario actuará con el máximo cuidado al recibir y ejecutar los pedidos de productos y al valorar las solicitudes de prestación de servicios.
  2. Se considera lugar de entrega la dirección que el consumidor ha comunicado a la empresa.
  3. Teniendo en cuenta lo indicado en el apartado 4 de este artículo, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la debida rapidez y, a más tardar, en un plazo de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega más largo. Si la entrega se retrasa, o si un pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse en parte, el consumidor recibirá un aviso a más tardar 30 días después de haber hecho el pedido. En ese caso, el consumidor tiene derecho a resolver el contrato sin coste. El consumidor no tiene derecho a indemnización.
  4. Todos los plazos de entrega son orientativos. El consumidor no puede derivar ningún derecho de los plazos indicados. Superar un plazo no da derecho al consumidor a una indemnización.
  5. En caso de resolución conforme al apartado 3 de este artículo, el empresario reembolsará el importe pagado por el consumidor lo antes posible y, a más tardar, en un plazo de 14 días tras la resolución.
  6. Si la entrega de un producto pedido resulta imposible, el empresario se esforzará por ofrecer un artículo de sustitución. A más tardar en la entrega se indicará de forma clara y comprensible que se entrega un artículo de sustitución. En el caso de artículos de sustitución no puede excluirse el derecho de desistimiento. Los gastos de una posible devolución corren a cargo del empresario.
  7. El riesgo de daño y/o pérdida de los productos corresponde al empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente por él y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente otra cosa.

Artículo 12. Transacciones de duración continuada: duración, rescisión y prórroga

Rescisión

  1. El consumidor puede rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso de un mes como máximo. Con excepción de los pre-orders.
  2. El consumidor puede rescindir en cualquier momento, con efecto al final del plazo determinado, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso de un mes como máximo. Con excepción de los pre-orders.
  3. El consumidor puede, respecto de los contratos mencionados en los apartados anteriores: rescindirlos en cualquier momento sin quedar limitado a una rescisión en un momento o periodo determinado; rescindirlos al menos de la misma forma en que los celebró; rescindirlos siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya estipulado para sí mismo.

Prórroga

  1. Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios no puede prorrogarse ni renovarse tácitamente por un periodo determinado.
  2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de diarios, periódicos, semanarios y revistas puede prorrogarse tácitamente por un periodo determinado de tres meses como máximo, si el consumidor puede rescindir este contrato prorrogado al final de la prórroga con un plazo de preaviso de un mes como máximo.
  3. Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos o servicios solo puede prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un plazo de preaviso de un mes como máximo, y de tres meses como máximo si el contrato tiene por objeto la entrega periódica, pero menos de una vez al mes, de diarios, periódicos, semanarios y revistas.
  4. Un contrato de duración limitada para la entrega periódica de prueba de diarios, periódicos, semanarios y revistas (suscripción de prueba o de presentación) no se prorroga tácitamente y termina automáticamente al acabar el periodo de prueba o de presentación.

Duración

  1. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento después de un año con un plazo de preaviso de un mes como máximo, salvo que la razonabilidad y la equidad se opongan a la rescisión antes del final de la duración acordada.

Artículo 13. Pago

  1. Salvo que se acuerde otra cosa, los importes que debe el consumidor deben pagarse en un plazo de 7 días laborables desde el inicio del periodo de reflexión al que se refiere el artículo 6, apartado 1. En caso de un contrato de prestación de un servicio, este plazo empieza cuando el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.
  2. El consumidor tiene la obligación de comunicar sin demora al empresario las inexactitudes en los datos de pago facilitados o indicados.
  3. En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tiene derecho, salvo limitaciones legales, a cobrar los gastos razonables comunicados previamente al consumidor.

Artículo 14. Procedimiento de reclamaciones

  1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones suficientemente difundido y tramita la reclamación de acuerdo con este procedimiento.
  2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deben presentarse al empresario en un plazo de 7 días, descritas de forma completa y clara, después de que el consumidor haya detectado los defectos.
  3. Las reclamaciones presentadas al empresario se responden en un plazo de 14 días a contar desde la fecha de recepción. Si una reclamación requiere previsiblemente un tiempo de tramitación más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.
  4. Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, surge un conflicto que puede someterse al procedimiento de resolución de conflictos.
  5. En caso de reclamación, el consumidor debe dirigirse en primer lugar al empresario.
  6. Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, salvo que el empresario indique otra cosa por escrito.
  7. Si el empresario considera fundada una reclamación, sustituirá o reparará sin coste, a su elección, los productos entregados.

Artículo 15. Conflictos

  1. A los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren estas condiciones generales se aplica exclusivamente el derecho neerlandés. También si el consumidor reside en el extranjero.
  2. No se aplica la Convención de Viena sobre la compraventa internacional de mercaderías.

Artículo 16. Disposiciones adicionales o divergentes

Las disposiciones adicionales o divergentes de estas condiciones generales no pueden perjudicar al consumidor y deben constar por escrito o de forma que el consumidor pueda guardarlas de manera accesible en un soporte duradero.